¿Hay que incluir la cláusula informativa de protección de datos en las facturas?

Bernat Català

BERNAT CATALÀ

Auditor y Jurista

Si deseas más información o un ejemplo de qué texto incluir en tus facturas contacta con nosotros. 

Tal como señala el art. 11 LOPD, el deber de transparencia e información es fundamental por lo que el acceso a la informacion sobre el tratamiento de datos de carácter personal puede estar disponible a través del sitio web del responsable o de medios offline, como tablones de anuncios, mostradores de información u otros espacios visibles. 

Artículo 11. Transparencia e información al afectado.

1. Cuando los datos personales sean obtenidos del afectado el responsable del tratamiento podrá dar cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 facilitando al afectado la información básica a la que se refiere el apartado siguiente e indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.

2. La información básica a la que se refiere el apartado anterior deberá contener, al menos:

a) La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso.

b) La finalidad del tratamiento.

c) La posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679.

Si los datos obtenidos del afectado fueran a ser tratados para la elaboración de perfiles, la información básica comprenderá asimismo esta circunstancia. En este caso, el afectado deberá ser informado de su derecho a oponerse a la adopción de decisiones individuales automatizadas que produzcan efectos jurídicos sobre él o le afecten significativamente de modo similar, cuando concurra este derecho de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2016/679.

3. Cuando los datos personales no hubieran sido obtenidos del afectado, el responsable podrá dar cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 facilitando a aquel la información básica señalada en el apartado anterior, indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.

En estos supuestos, la información básica incluirá también:

a) Las categorías de datos objeto de tratamiento.

b) Las fuentes de las que procedieran los datos.

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No obstante y tal como se señala en el Procedimiento Nº: A/00391/2017, el texto informativo que puede incluirse en las facturas no puede utilizarse como salvoconducto para el envío de comunicaciones de carácter comercial si no se ha recogido previamente el consentimiento del afectado, en los términos del art. 6 LOPD. Sí está justificado el envío de información relacionada con la prestacion de los servicios contratados, como la actualización de tarifas, nuevas marcas o proveedores, productos, etc. 

Un ejemplo de transparencia y acceso a la información lo puedes ver en nuestro sitio web de normaland.com Si accedes al apartado de Aviso y Políticas ponemos a disposición de los afectados y usuarios, toda la informacion en materia de cumplimiento normativo, tanto desde el punto de vista de la protección de datos personales, protocolos, normativas, etc. 

Finalmente cabe recordar que para la emisión de la factura son necesarios determinados datos fiscales para dar cumplimiento a una obligacion legal en los términos del art. 6.1.c RGPD. En este caso debe constar qué norma impone dicha obligación legal que legitima dicho tratamiento. 

Artículo 6. Licitud del tratamiento

1.   El tratamiento solo será lícito si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:

b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales;

c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento;

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Legislación aplicable